Corte Suprema condena a suboficial (r) de Carabineros por torturas y detención ilegal en Castro

El máximo tribunal impuso dos penas de 540 días de presidio por la detención ilegal y apremios ilegítimos contra José Raúl Quintul Muñoz.
La Segunda Sala de la Corte Suprema, en fallo unánime, acogió un recurso de casación y dictó sentencia de reemplazo condenando al suboficial en retiro de Carabineros, Luis Diógenes Ulloa Bahamonde, por su responsabilidad en delitos de derechos humanos ocurridos en la capital de Chiloé.
 
La resolución (rol 20.501-2024) establece la autoría del ex uniformado en la detención ilegal y la aplicación de apremios ilegítimos contra el campesino José Raúl Quintul Muñoz, hechos registrados en la Segunda Comisaría de Castro en abril de 1974.
 
Antecedentes de la investigación
 
De acuerdo con la indagatoria realizada por el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre, a partir de septiembre de 1973 se constituyó en dicha unidad policial una «comisión civil» dedicada a labores de inteligencia y detención de personas.
 
El fallo detalla que, en abril de 1974, integrantes de este grupo se trasladaron al sector rural La Chacra para detener a Quintul Muñoz, quien era militante socialista. El operativo se realizó sin exhibir una orden judicial. La víctima fue conducida a las dependencias de la comisaría, donde fue sometida a interrogatorios, golpes, simulacros de fusilamiento y la técnica de inmersión conocida como «submarino».
 
Consecuencias de los hechos
 
Tras su paso por la unidad policial, Quintul Muñoz fue puesto a disposición de la Fiscalía Militar y condenado por un Consejo de Guerra por infracción a la Ley de Control de Armas. Cumplió reclusión en la cárcel de Chin Chin (Puerto Montt) y en la prisión de Castro.
Según los antecedentes médicos integrados en la causa, al término de su condena en julio de 1976, el afectado presentaba una paraplejia flácida derivada de una lesión medular por aplastamiento vertebral. Quintul Muñoz falleció el 16 de mayo de 1979 en Castro, producto de un infarto al miocardio, manteniendo hasta esa fecha la imposibilidad de caminar.
 
Resolución judicial
 
La intervención de la Corte Suprema se produjo tras detectar un error de derecho en la sentencia previa, la cual había intentado unificar esta condena con una sanción anterior del acusado que ya se encontraba cumplida.
 
El máximo tribunal determinó que dicha unificación era improcedente y que la aplicación errónea del marco legal perjudicaba el acceso a penas sustitutivas. En consecuencia, se fijaron de manera independiente las sanciones de 540 días de presidio por cada uno de los delitos acreditados.

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