Corte Suprema revierte fallo: deudas del CAE deberán pagarse sí o sí

La Corte Suprema ha revertido un fallo de la Corte de Santiago que había confirmado la decisión del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, la cual limitaba la imprescriptibilidad de las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE) únicamente a pagos en cuotas. La controversia gira en torno a la interpretación de la Ley N°20.027, que establece normas para el financiamiento de la educación superior, y el Decreto N°266 del Ministerio de Educación, que fija su reglamento.

En el fallo original, se determinó que la imprescriptibilidad mencionada en la ley solo aplicaba a cuotas impagas de créditos pactados en pagos periódicos, dejando fuera de esta protección a las obligaciones pactadas en un solo pago. Esto llevó a que se acogiera la excepción de prescripción presentada por la demandada y se rechazara la ejecución de la deuda.

La Tesorería General de la República, en su recurso de casación, argumentó que esta interpretación era incorrecta, destacando que los pagarés en cuestión fueron suscritos bajo el sistema de créditos CAE, y que la Ley N°20.027 contempla la imprescriptibilidad de estas deudas, independientemente de si están divididas en cuotas o no. Según la Tesorería, la ley no establece que la deuda deba estar dividida en cuotas para que sea imprescriptible, especialmente cuando el cobro es realizado por el Fisco.

Al analizar el caso, la Corte Suprema concluyó que los jueces de las instancias anteriores erraron al restringir la imprescriptibilidad únicamente a los créditos divididos en cuotas. Subrayó que la normativa no hace tal distinción y que, por lo tanto, todas las deudas bajo el marco de la Ley N°20.027 son imprescriptibles, sin importar su modalidad de pago.

En consecuencia, la Corte Suprema anuló la sentencia recurrida y, en su fallo de reemplazo, revocó la decisión del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago. Ordenó que la ejecución de la deuda siga adelante, reafirmando así la obligatoriedad del pago de las deudas del CAE bajo cualquier circunstancia.

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