
Ley amplía plazo de flagrancia a 24 horas para las policías y a 48 horas para la Autoridad Marítima
La Ley 21.845, publicada este sábado en el Diario Oficial, además permite a las policías pedir voluntariamente grabaciones de cámaras y celulares de testigos para detener a sospechosos.
Desde este sábado 10 de octubre rige la Ley 21.845, que modifica el Código Procesal Penal para ampliar el plazo en que una persona puede ser detenida en flagrancia, es decir, sin orden judicial previa tras cometer un delito.
Con el cambio, se entenderá por “tiempo inmediato” el que transcurra entre el hecho y la captura siempre que no pase de 24 horas si la detención la hacen las policías, de 48 horas si la realiza la Autoridad Marítima en funciones de Policía Marítima, y de 12 horas si la practica cualquier otra persona.
Policía Marítima como auxiliar de la Fiscalía
La norma reconoce a la Autoridad Marítima, dependiente de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), como auxiliar del Ministerio Público en las materias de su competencia, y la incluye junto a Carabineros, la Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería entre quienes pueden actuar sin instrucción previa de un fiscal. Gendarmería solo podrá hacerlo dentro de sus competencias.
Cámaras y celulares de testigos
En casos de flagrancia, las policías podrán pedir a dueños de sistemas de televigilancia, y a testigos previamente identificados, la entrega voluntaria de grabaciones y datos de georreferenciación útiles para ubicar a los responsables. Deberán entregar un acta con lo recibido, la fecha, la hora y quién lo entregó, y si la persona se niega, avisar de inmediato al fiscal. También podrán coordinarse con entidades públicas o pedir colaboración a privadas para asegurar una detención.
Diligencias autónomas
El Ministerio Público podrá autorizar, mediante instrucciones generales, que las policías realicen diligencias de investigación en ciertos delitos, siempre que no requieran autorización judicial. Los fiscales seguirán a cargo de las investigaciones.
La ley nació de una moción del senador Manuel José Ossandón y de los exsenadores Rodrigo Galilea, José García Ruminot, Rafael Prohens y Kenneth Pugh. Fue promulgada el martes 6 de octubre por el presidente José Antonio Kast.
Fuentes: Diario Oficial, Ley 21.845 (10 de octubre de 2026).
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Francisco Reyes


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