Tribunal de Castro condena a 10 años y un día por homicidio en Chonchi tras desestimar legítima defensa

El Tribunal Oral Penal de Castro dio a conocer este miércoles 30 de abril el contenido de la sentencia condenatoria por el delito de homicidio en contra de un hombre adulto residente en Chonchi, por un hecho ocurrido la madrugada del 23 de septiembre de 2023.

El fiscal adjunto de Castro, Enrique Canales Briones, detalló que la pena impuesta por el tribunal es de 10 años y un día de privación de libertad con cumplimiento efectivo. En sus declaraciones posteriores a la lectura del fallo, el fiscal señaló: «La pena fue fijada por el tribunal en 10 años y un día de privación de libertad con cumplimiento efectivo. Si bien la prevención de la fiscalía era levemente superior de 12 años por las razones que se expusieron en su momento, la rebaja realizada está dentro del marco posible y es necesario relevar que hubo un voto de minoría por aplicar la pena que originalmente solicitó la fiscalía.»

Canales Briones también explicó la implicancia del voto de minoría: «Esto del voto de minoría significa que uno de los tres jueces estuvo de acuerdo con esta propuesta de pena levemente superior, pero primó la opinión de los otros dos jueces que estuvo por aplicar finalmente solo estos 10 años.»

La sentencia se basó en la valoración de las pruebas presentadas durante el juicio, destacando el trabajo policial y pericial. «La sentencia valoró de manera relevante los antecedentes y pruebas que fueron presentadas al juicio para tal decisión, particularmente el trabajo investigativo policial realizado por funcionarios de la agrupación homicidios de la brigada de investigación criminal de la PDI de Castro y la pericia realizada por el médico forense Fernando Tapia del servicio médico legal de Castro», afirmó el fiscal.

Un punto crucial del fallo fue el rechazo de la tesis de la defensa sobre la legítima defensa. Según Canales Briones, «lo que unido a documentos y otros medios de prueba permitió al tribunal desechar también la tesis de la defensa que pidió la absolución por estimar que en estos hechos concurría una legítima defensa ante una supuesta agresión previa en contra del imputado por parte de la misma víctima.»

Asimismo, el tribunal desestimó las atenuantes presentadas por la defensa para reducir la pena. «Esta misma prueba permitió también al tribunal desestimar varias atenuantes de responsabilidad penal que invocó el defensor privado al momento de la decisión condenatoria del tribunal y que fueron invocadas para pedir una pena de 541 días», indicó el fiscal.

Finalmente, Canales Briones se refirió a los posibles pasos a seguir: «Se encuentra pendiente el plazo que tiene la defensa para impugnar esta sentencia y de acuerdo a aquello tendremos que comparecer a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en su oportunidad.»

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